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📚 Funcionarios y oposiciones ⚖ Caso real

Interino con abuso de temporalidad: ¿te pueden hacer funcionario fijo? El Supremo responde

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta · 196/2025 y 197/2025 · ECLI:ES:TS:2025:688. Ver la fuente (Poder Judicial (CGPJ), nota de prensa de 27 de febrero de 2025)

Lo que pasó

Dos empleados públicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha habían encadenado nombramientos como interinos durante muchos años: uno, más de 13 años en los servicios centrales de la Consejería de Educación; el otro, profesor de Secundaria, más de 29 años. Ambos fueron cesados. Reclamaron, primero ante la Administración y después en los tribunales, que se les nombrara funcionarios de carrera o personal fijo, alegando que sus nombramientos temporales habían sido abusivos y contrarios a la normativa europea sobre trabajo temporal. Los casos llegaron a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Tribunal Supremo rechazó los dos recursos y dejó claro que la ley española no permite convertir en funcionario de carrera o fijo a quien ha tenido nombramientos temporales abusivos sin superar los procesos selectivos legales, basados en la igualdad, el mérito y la capacidad. Según el tribunal, hacerlo sería contrario a la propia Constitución, no solo a la ley. Y entiende que esto encaja con lo dicho por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en junio de 2024.

Lo que sí reconoce a quien sufre abuso:

  • Hay abuso cuando se encadenan o alargan nombramientos temporales para cubrir necesidades que en realidad son permanentes.
  • Si el interino es cesado fuera de las causas legales, puede ser repuesto en su puesto hasta que la plaza se cubra por un funcionario o se suprima.
  • Puede pedir una indemnización si demuestra que sufrió perjuicios, proporcional a ellos o según fije la ley.

Qué significa para ti: la vía realista para la fijeza son los procesos de estabilización y las oposiciones. La reclamación judicial sirve para la reposición o la indemnización, no para la plaza fija.

Consejo práctico: guarda todos tus nombramientos y ceses, tu hoja de servicios y las convocatorias de tu plaza. Si te cesan, el plazo de recurso suele ser de un mes en vía administrativa o de dos meses ante el juzgado, según el acto. Un abogado o experto en la materia puede valorar si hubo abuso.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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