Interino con abuso de temporalidad: ¿te pueden hacer funcionario fijo? El Supremo responde
Lo que pasó
Dos empleados públicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha habían encadenado nombramientos como interinos durante muchos años: uno, más de 13 años en los servicios centrales de la Consejería de Educación; el otro, profesor de Secundaria, más de 29 años. Ambos fueron cesados. Reclamaron, primero ante la Administración y después en los tribunales, que se les nombrara funcionarios de carrera o personal fijo, alegando que sus nombramientos temporales habían sido abusivos y contrarios a la normativa europea sobre trabajo temporal. Los casos llegaron a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Qué decidió el tribunal
El Tribunal Supremo rechazó los dos recursos y dejó claro que la ley española no permite convertir en funcionario de carrera o fijo a quien ha tenido nombramientos temporales abusivos sin superar los procesos selectivos legales, basados en la igualdad, el mérito y la capacidad. Según el tribunal, hacerlo sería contrario a la propia Constitución, no solo a la ley. Y entiende que esto encaja con lo dicho por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en junio de 2024.
Lo que sí reconoce a quien sufre abuso:
- Hay abuso cuando se encadenan o alargan nombramientos temporales para cubrir necesidades que en realidad son permanentes.
- Si el interino es cesado fuera de las causas legales, puede ser repuesto en su puesto hasta que la plaza se cubra por un funcionario o se suprima.
- Puede pedir una indemnización si demuestra que sufrió perjuicios, proporcional a ellos o según fije la ley.
Qué significa para ti: la vía realista para la fijeza son los procesos de estabilización y las oposiciones. La reclamación judicial sirve para la reposición o la indemnización, no para la plaza fija.
Consejo práctico: guarda todos tus nombramientos y ceses, tu hoja de servicios y las convocatorias de tu plaza. Si te cesan, el plazo de recurso suele ser de un mes en vía administrativa o de dos meses ante el juzgado, según el acto. Un abogado o experto en la materia puede valorar si hubo abuso.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.