Indemnización por despido improcedente: ¿puede un juez darte más de lo que marca la ley?
Lo que pasó
Un trabajador fue despedido por motivos disciplinarios y el despido se declaró improcedente. El Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona le reconoció, además de la indemnización legal, una cantidad adicional por los ingresos que había dejado de ganar, al considerar que la indemnización legal no era suficiente. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en sentencia de 31 de mayo de 2024, le quitó esa cantidad extra. El trabajador recurrió al Tribunal Supremo alegando que la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT exigen una «indemnización adecuada», y que el Comité Europeo de Derechos Sociales había dicho que el sistema español no la garantiza.
Qué decidió el tribunal
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechazó el recurso por 10 votos contra 3. Dijo que la indemnización por despido improcedente del artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores no puede aumentarse por vía judicial: el juez no puede añadir cantidades según las circunstancias de cada caso.
Sus razones:
- La expresión «indemnización adecuada» de la Carta Social Europea y del Convenio 158 es demasiado general para aplicarse directamente; concretarla corresponde al legislador.
- La indemnización fija de la ley da seguridad jurídica y trata igual a quienes pierden un empleo parecido.
- Las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales no son sentencias ni obligan a los jueces españoles.
Hubo votos particulares de magistrados que defendían la posibilidad de una indemnización complementaria en algunos casos, y el debate político sobre reformar la indemnización sigue abierto. Pero hoy, en la práctica, los tribunales aplican el criterio del Supremo.
Qué significa para ti: si tu despido es improcedente, lo habitual es que cobres la indemnización legal (con carácter general, 33 días de salario por año trabajado desde febrero de 2012, con los tramos y topes que marca la ley) o que la empresa te readmita, y no una cantidad extra.
Consejo práctico: revisa bien tu antigüedad real y tu salario completo (pluses, horas extra habituales, pagas extra), porque son la base del cálculo. Guarda nóminas, contrato y vida laboral, y recuerda el plazo de 20 días hábiles para reclamar. Si además hubo vulneración de derechos fundamentales, el despido puede ser nulo y eso cambia las consecuencias; un abogado o experto en la materia puede estudiarlo.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.