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💼 Laboral y despidos ⚖ Caso real

Despido de una embarazada: es nulo, pero ¿te pagan daño moral? El Supremo responde

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Social. Ver la fuente (elDiario.es, noticia de 27 de diciembre de 2023)

Lo que pasó

La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) despidió a una trabajadora con un despido disciplinario. La carta hablaba de una disminución continuada y voluntaria de su rendimiento. Ese mismo día despidió a otros cinco trabajadores. La trabajadora informó de que estaba embarazada en el momento en que le entregaban la carta.

Un Juzgado de lo Social de Madrid declaró el despido nulo: ordenó readmitirla y pagarle los salarios que había dejado de cobrar, unos tres meses y medio. Pero no le dio una indemnización adicional por daño moral. Ella recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y después al Tribunal Supremo pidiendo esa indemnización por discriminación por razón de sexo.

Qué decidió el tribunal

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechazó su recurso. Explicó dos cosas distintas:

  • El despido de una trabajadora embarazada es nulo de forma automática (se llama nulidad objetiva) si la empresa no demuestra una causa real y suficiente, aunque no supiera del embarazo.
  • Pero esa nulidad no significa por sí sola que la empresa haya discriminado. Para cobrar una indemnización por daño moral hacen falta indicios que relacionen el despido con el embarazo.

En este caso no se probó una conducta de la federación que mostrara que despidió por el embarazo. Además, el despido coincidió con el de otros cinco trabajadores. Por eso se mantuvo la nulidad, con readmisión y salarios, pero sin indemnización adicional.

Qué significa para ti

Si estás embarazada y te despiden sin una causa sólida, el despido será normalmente nulo: tienes derecho a volver a tu puesto y a cobrar los salarios perdidos. La empresa solo se libra si demuestra que el despido no tiene nada que ver con el embarazo y que la causa es real y grave. Lo que no es automático es la indemnización extra por daño moral: para eso tendrás que aportar indicios de que el embarazo fue el motivo.

Qué hacer si te pasa

  • Tienes solo 20 días hábiles desde el despido para presentar la papeleta de conciliación.
  • Guarda pruebas de cuándo y cómo comunicaste el embarazo: mensajes, correos, testigos.
  • Busca indicios de discriminación: comentarios sobre el embarazo, cambios de trato tras comunicarlo, despido justo después.
  • Guarda la carta de despido y tus evaluaciones o felicitaciones anteriores.

Un abogado o experto en la materia puede valorar si hay base para pedir también daño moral.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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