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Falso autónomo en Glovo y plataformas de reparto: ¿eres trabajador asalariado?

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Social (Pleno) · 25 de septiembre de 2020 · 805/2020 (recurso 4746/2019) · ECLI:ES:TS:2020:2924. Ver la fuente (Economist & Jurist (24-09-2020), a partir del comunicado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo)

Lo que pasó

Un repartidor trabajó para Glovo entre 2016 y 2018 dado de alta como autónomo. Recibía los pedidos a través de la aplicación de la empresa y ponía su propio teléfono móvil y su bicicleta. Podía rechazar encargos, pero hacerlo bajaba su puntuación interna, y esa puntuación influía en los pedidos y franjas horarias que luego le llegaban. Glovo fijaba lo que cobraba por cada pedido. Tras un accidente y una baja, la relación terminó y el repartidor reclamó que en realidad era un trabajador por cuenta ajena y que su salida era un despido. Los tribunales inferiores dieron respuestas distintas y el asunto llegó al Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo declaró que la relación entre el repartidor y Glovo era laboral, es decir, que era un falso autónomo.

Las razones principales fueron:

  • Glovo no es una mera intermediaria entre comercios y repartidores: es una empresa de reparto que fija las condiciones esenciales del servicio.
  • La empresa es dueña de lo esencial para trabajar: la aplicación. El móvil y la bicicleta del repartidor son medios secundarios.
  • El repartidor no tenía una organización empresarial propia y estaba integrado en la organización de la empresa, que lo controlaba mediante la app y la puntuación.

Después de esta sentencia se aprobó la llamada «Ley Rider» (Ley 12/2021), que presume que los repartidores de plataformas digitales son trabajadores asalariados.

Qué significa para ti: no importa lo que diga el contrato. Si en la práctica trabajas con los medios, las órdenes y los precios de otra empresa, puedes ser un trabajador por cuenta ajena con derecho a salario de convenio, vacaciones y cotización completa.

Consejos prácticos:

  • Guarda capturas de la aplicación, mensajes, facturas y pagos recibidos.
  • Si te dan de baja o dejan de darte trabajo, ten en cuenta que para reclamar un despido hay solo 20 días hábiles, y antes hay que presentar la papeleta de conciliación.
  • Las cantidades debidas se pueden reclamar, en general, durante un año.

Un abogado o experto laboralista puede valorar tus pruebas.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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