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Facturas que la Administración te paga tarde: 40 euros por cada factura y 30 días de plazo

📄 La sentencia: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera) · 20 de octubre de 2022 · Asunto C-585/20 (BFF Finance Iberia). Ver la fuente (PwC Tax & Legal - El TJUE fija una interpretación más favorable para los contratistas de la Administración española)

Lo que pasó

Varias empresas que suministraban productos y servicios a la Administración cobraban sus facturas con retraso. Cuando reclamaron los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro que prevé la normativa europea contra la morosidad, surgieron dudas: si los 40 euros fijos se cobran por cada factura o una sola vez por reclamación, cuánto tiempo tiene la Administración para pagar y si el IVA cuenta para calcular los intereses. Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Valladolid preguntó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Qué decidió el tribunal

En su sentencia de 20 de octubre de 2022 (asunto C-585/20, BFF Finance Iberia), el tribunal europeo respondió:

  • El acreedor tiene derecho a 40 euros por cada factura pagada fuera de plazo, aunque reclame varias facturas a la vez en una sola reclamación.
  • Con carácter general, la Administración tiene 30 días para pagar. Una norma que fije de forma general un plazo de 60 días es contraria a la directiva; solo se puede ampliar de forma excepcional, si está previsto y justificado en el contrato.
  • El IVA de la factura se incluye en la cantidad sobre la que se calculan los intereses de demora, sin que el proveedor tenga que demostrar antes que lo ha ingresado en Hacienda.

El Tribunal Supremo español ya había fijado en 2021, en un caso del Servicio Extremeño de Salud con más de 5.000 facturas, que los 40 euros se deben por cada factura.

Qué significa para ti

Si tu empresa o tú como autónomo facturáis a un ayuntamiento, una comunidad autónoma, un hospital público u otra Administración, y os pagan tarde, podéis reclamar los intereses de demora y 40 euros por cada factura atrasada. No es necesario demostrar que el retraso os causó gastos concretos: los 40 euros se deben automáticamente. Entre empresas privadas la ley de morosidad también prevé esa cantidad.

Qué hacer si te pasa

  • Haz una tabla con cada factura: fecha de entrega o servicio, fecha de pago y días de retraso.
  • Calcula los intereses de demora sobre el importe con IVA y suma 40 euros por factura.
  • Presenta la reclamación por escrito a la Administración; si no responde o la rechaza, puede acudirse a la vía contencioso-administrativa.
  • Si el volumen es grande, consulta con un abogado o experto en la materia; también existen empresas que compran estos créditos.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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