Despido disciplinario sin audiencia previa: ¿puede la empresa despedirte sin escucharte?
Lo que pasó
Un profesor de una fundación que gestionaba una escuela superior de arte dramático en Baleares fue despedido por motivos disciplinarios después de que varias alumnas denunciaran comportamientos inadecuados hacia ellas. La empresa no le dio la oportunidad de explicarse antes de despedirle. El trabajador impugnó el despido y, en febrero de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares lo declaró improcedente, con la opción de readmitirlo o pagarle una indemnización. La fundación recurrió ante el Tribunal Supremo, que tuvo que decidir si una empresa está obligada a escuchar al trabajador antes de un despido disciplinario, como dice el artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo, vigente en España desde 1986.
Qué decidió el tribunal
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, por unanimidad, cambió su criterio de los años 80 y fijó que la empresa debe dar al trabajador la oportunidad de defenderse de las acusaciones antes de despedirle disciplinariamente. Lo basa en el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, que se aplica directamente en España.
Hay dos matices importantes:
- El propio convenio permite saltarse ese trámite cuando «no pueda pedirse razonablemente al empleador».
- La nueva obligación solo vale para los despidos posteriores a la publicación de esta sentencia. En el caso concreto, el Supremo entendió que la empresa estaba amparada por la doctrina anterior, que no exigía la audiencia.
Qué significa para ti: desde finales de 2024, si te despiden por un motivo disciplinario (faltas, desobediencia, bajo rendimiento voluntario, etc.), lo normal es que antes te comuniquen los hechos y te den un plazo para responder. La ley no fija cuánto tiempo ni de qué forma, y los tribunales están resolviendo caso a caso.
Consejo práctico: si recibes un escrito de la empresa pidiéndote explicaciones, contesta por escrito y guarda copia con fecha. Si te despiden sin haberte escuchado, anótalo y conserva la carta. Recuerda que el plazo para reclamar contra un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Un abogado o experto en la materia puede valorar qué efecto tiene la falta de audiencia en tu caso.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.