Deber cuotas a la Seguridad Social: ¿es delito? El Supremo absuelve a un empresario
Lo que pasó
Un empresario acumuló una deuda de 447.000 euros con la Tesorería General de la Seguridad Social por cuotas de sus trabajadores que no ingresó, y otros 76.464 euros como autónomo. No ocultó la deuda: la tenía reconocida. Aun así, la Audiencia Provincial de Castellón lo condenó en 2023 por un delito contra la Seguridad Social a tres años y medio de prisión y a una multa de más de 1,5 millones de euros. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirmó la condena y el empresario recurrió al Tribunal Supremo.
Qué decidió el tribunal
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revocó la condena y lo absolvió. Su explicación:
- El simple impago de una deuda con la Seguridad Social que el deudor reconoce es una infracción administrativa, no un delito.
- Para que haya delito hace falta algo más: una conducta engañosa para ocultar la realidad, por ejemplo esconder bienes, falsear datos o simular la situación de la empresa.
- Los tribunales anteriores no tuvieron en cuenta que no había voluntad de defraudar ni ningún mecanismo para ocultar el patrimonio.
Qué significa para ti
Si tu empresa o tu actividad como autónomo atraviesa dificultades y no puedes pagar las cuotas, eso por sí solo no te convierte en delincuente. La Seguridad Social podrá reclamarte la deuda con recargos e intereses y embargar bienes, pero la cárcel queda reservada para quien engaña u oculta. Lo que sí debes evitar es dejar de presentar las declaraciones de cotización, dar datos falsos o mover bienes para que no puedan embargarse.
Ten en cuenta también que, en ciertos casos, los administradores de una sociedad pueden acabar respondiendo personalmente de estas deudas.
Qué hacer si te pasa
- Sigue presentando en plazo las liquidaciones de cuotas aunque no puedas pagarlas: eso demuestra que no ocultas nada.
- Pide a la Tesorería un aplazamiento de la deuda si puedes asumir pagos a plazos.
- No vendas ni traspases bienes a familiares o a otras sociedades para esquivar embargos.
- Si recibes una denuncia o citación penal, busca enseguida un abogado o experto en la materia.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.