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📈 Empresa y autónomos ⚖ Caso real

Administradores que montan una empresa competidora mientras siguen en el cargo: ¿es legal?

Lo que pasó

Tres personas que ocupaban cargos de administración en una empresa planearon, mientras seguían en ella, crear otra sociedad que hiciera la misma actividad. La nueva empresa se nutriría de trabajadores y clientes de la antigua. Entre otras cosas, animaron a empleados a dejar sus contratos con la empresa original, lo que alteró gravemente su funcionamiento. La empresa perjudicada demandó a la nueva sociedad y a las tres personas por actos de competencia desleal y por infringir sus deberes. El juzgado de primera instancia rechazó la demanda.

Qué decidió el tribunal

La Audiencia Provincial de Madrid revocó esa sentencia y dio la razón a la empresa original. Declaró ilícita la conducta de los tres administradores porque:

  • Infringieron su deber de lealtad hacia la sociedad que administraban, que les obliga a anteponer el interés de la empresa al suyo propio.
  • Prepararon y pusieron en marcha la competencia mientras todavía ocupaban el cargo, aprovechando la información y la posición que tenían.
  • La nueva empresa se benefició de una ventaja competitiva obtenida de forma ilícita, lo que constituye competencia desleal.

Qué significa para ti

Cualquier persona puede crear una empresa y competir con su antiguo negocio una vez que se ha ido, salvo que haya firmado un pacto de no competencia. Lo que no se permite es preparar la competencia desde dentro: usar el cargo, la información o la confianza de la empresa para llevarse clientes y plantilla antes de salir. Si eres administrador o socio de una sociedad, ten presente que la ley te impone un deber de lealtad y que su incumplimiento puede obligarte a indemnizar los daños.

Si eres la empresa perjudicada, puedes pedir que se declare la deslealtad, que cese la conducta y que se reparen los daños.

Qué hacer si te pasa

  • Reúne pruebas: correos, fechas de constitución de la nueva sociedad, bajas de trabajadores y clientes perdidos.
  • Revisa los estatutos y los contratos de los administradores por si hay pactos de exclusividad o no competencia.
  • Calcula el perjuicio (pérdida de ventas, costes de sustitución de personal).
  • Actúa rápido: las acciones de competencia desleal tienen plazos cortos. Un abogado o experto en la materia puede valorar la vía más adecuada.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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