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🆘 Violencia de género ⚖ Caso real

Violación dentro del matrimonio: ¿es delito obligar a tu pareja a tener relaciones?

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Penal · ECLI:ES:TS:2019:1516. Ver la fuente (Poder Judicial (CGPJ) - Noticias Judiciales, 22-05-2019)

Lo que pasó

Un hombre golpeó a su pareja porque ella no quería mantener relaciones sexuales un domingo. Mientras la forzaba, le reprochaba que «es tu obligación». Tras la agresión, la mujer acudió a comisaría y después a un centro sanitario. La Audiencia Provincial de Málaga lo condenó a nueve años de prisión por agresión sexual y a nueve meses por maltrato. El condenado recurrió al Tribunal Supremo. En el fondo del caso estaba una idea antigua y todavía presente en algunas parejas: que el matrimonio o la convivencia obligan a mantener relaciones sexuales cuando el otro las pide.

Qué decidió el tribunal

El Tribunal Supremo rechazó el recurso y confirmó la condena. Dejó claro que no existe ningún «deber conyugal» que obligue a uno de los miembros de la pareja a mantener relaciones sexuales cuando el otro quiera. Rechazó expresamente la idea de un «débito conyugal» entendido «como obligación de la mujer y derecho del hombre».

Según la sentencia, «la libertad sexual de la mujer casada, o en pareja, emerge con la misma libertad que cualquier otra mujer» y «el matrimonio no supone sumisión de un cónyuge al otro». Si se usan golpes o intimidación para vencer una negativa, es agresión sexual, y además la relación de pareja agrava la pena.

Qué significa para ti:

  • Estar casado o convivir no da derecho a nada en lo sexual. Sin consentimiento, es delito.
  • Decir que no, apartarse o resistirse son formas de expresar que no consientes.
  • La pareja no es un atenuante: al contrario, puede agravar la condena.

Consejo práctico: si has sufrido una agresión, acude cuanto antes a un centro sanitario aunque no tengas lesiones visibles: el parte médico es una prueba muy importante. No te laves ni tires la ropa si puedes evitarlo. Puedes denunciar en comisaría o en el juzgado de guardia, y pedir orientación gratuita y confidencial en el 016. En peligro inmediato, llama al 112. Tienes derecho a un abogado de oficio especializado desde el primer momento, sin coste. Guarda mensajes y anota fechas.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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