Maltrato habitual en casa: qué es y cómo se prueba según el Supremo
Lo que pasó
Un hombre convirtió la casa familiar en un lugar de miedo: humillaciones, amenazas, desprecios y control constantes sobre su pareja para quitarle su libertad. Además, agredió sexualmente de forma repetida a la hija de ella, que vivía en el mismo hogar.
La Audiencia Provincial de A Coruña lo condenó y el Tribunal Superior de Justicia de Galicia lo confirmó. Él recurrió al Tribunal Supremo.
Qué decidió el tribunal
El Supremo confirmó las condenas: 2 años y 9 meses de prisión por maltrato habitual, 1 año y 5 meses por amenazas continuadas y 14 años, 3 meses y 1 día por agresión sexual continuada.
La sentencia es conocida porque recoge 27 reglas sobre el maltrato habitual. Entre las más importantes:
- No se trata de contar golpes, sino de ver si existe un clima de dominio y miedo en casa.
- El maltrato psicológico puede hacer tanto o más daño que el físico, y a veces la víctima ni se da cuenta de que lo sufre.
- La declaración de la víctima puede bastar para condenar si es creíble.
- Que la víctima no recuerde fechas exactas o denuncie tarde no le quita credibilidad.
- El maltrato habitual se castiga aparte de cada agresión concreta.
- Cuando la víctima decide irse o denunciar, el riesgo puede aumentar.
Qué significa para ti
Si vives en una situación de control, insultos, humillaciones o amenazas continuas, eso puede ser un delito aunque no haya golpes. Y no pasa nada si has tardado en denunciar o no recuerdas todos los días: los tribunales entienden por qué ocurre.
Qué hacer si te pasa
- Si estás en peligro, llama al 112. Para información y apoyo, al 016.
- Si puedes hacerlo con seguridad, apunta lo que pasa (fechas aproximadas, qué ocurrió, quién lo vio).
- Guarda mensajes, audios, partes médicos o de urgencias y, si los hay, informes psicológicos.
- Habla con personas de confianza: pueden ser testigos.
- Al denunciar puedes pedir una orden de protección. Busca el apoyo de un abogado o experto en la materia y de los servicios de atención a víctimas.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.