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Viaje combinado cancelado: ¿me pueden obligar a aceptar un bono? Agencia condenada a devolver

📄 La sentencia: Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba · 21 de abril de 2021. Ver la fuente (Economist & Jurist (02-06-2021))

Lo que pasó

Tres personas contrataron con una agencia de viajes un viaje combinado a Roma (vuelo y alojamiento en un mismo paquete). El viaje se canceló por las restricciones de la pandemia. Querían que les devolvieran su dinero, pero no lo consiguieron y acudieron al Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba con una demanda de juicio verbal.

La agencia ni siquiera contestó a la demanda.

Qué decidió el tribunal

El juzgado, en sentencia de 21 de abril de 2021, estimó la demanda por completo y condenó a la agencia a devolver 4.350 euros, con intereses y costas. Sus argumentos:

  • La norma aprobada durante el estado de alarma permitía al consumidor cancelar el contrato que no se podía cumplir, y obligaba a la empresa a devolver lo pagado.
  • En los viajes combinados, la agencia podía ofrecer un bono en lugar del dinero, pero solo si el viajero lo aceptaba. Aquí no constaba que lo hubieran aceptado.
  • Las circunstancias extraordinarias pueden librar de pagar indemnizaciones, pero no del deber de devolver el precio de un servicio que no se ha prestado. Quedarse el dinero sería un enriquecimiento injusto.

Qué significa para ti

Aunque la pandemia ya pasó, la idea de fondo sigue siendo útil. La ley de viajes combinados permite al viajero cancelar sin penalización cuando en el destino hay circunstancias inevitables y extraordinarias que afectan al viaje (catástrofes, conflictos, crisis sanitarias), y obliga a devolver lo pagado en un plazo de 14 días. La agencia puede ofrecerte un bono o cambio de fechas, pero tú puedes decir que no.

Si la agencia minorista te remite al mayorista, o al revés, recuerda que en los viajes combinados ambos responden frente al viajero.

Qué hacer si te pasa

  • Guarda el contrato o bono de viaje, las facturas y los justificantes de pago.
  • Comunica por escrito (correo o burofax) que cancelas y que quieres el reembolso en dinero, no un bono.
  • No firmes ni aceptes un bono si no lo quieres: aceptar puede cerrar tu derecho al dinero.
  • Si no te devuelven, reclama en consumo (hoja de reclamaciones, arbitraje) o en el juzgado; por debajo de 2.000 euros no necesitas abogado.
  • Para importes altos, consulta con un abogado o experto en la materia.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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