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Recuperar un piso de renta antigua para vivir en él: ¿qué dicen los jueces?

📄 La sentencia: Audiencia Provincial de Murcia, Sección Quinta (Cartagena) · ECLI:ES:APMU:2026:481. Ver la fuente (Poder Judicial (CGPJ) – Nota de prensa de 17 de junio de 2026)

Lo que pasó

Una mujer era propietaria de una vivienda en Cartagena alquilada desde hace décadas con un contrato de renta antigua, es decir, firmado bajo la ley de alquileres de 1964. No tenía ninguna otra casa a su nombre y quería irse a vivir allí para llevar una vida independiente. Envió al inquilino una comunicación en la que explicaba quién iba a ocupar la vivienda y por qué, y lo hizo con más de un año de antelación. El inquilino se negó a marcharse: decía que su contrato era de por vida, que la propietaria no necesitaba realmente el piso y que el aviso no era válido. Además pedía una indemnización. Un juzgado de Cartagena le dio la razón a la propietaria y el inquilino recurrió a la Audiencia Provincial de Murcia.

Qué decidió el tribunal

La Audiencia Provincial de Murcia (Sección Quinta, con sede en Cartagena) rechazó el recurso del inquilino y confirmó que el contrato quedaba terminado y que debía devolver la vivienda.

Los motivos principales fueron estos:

  • La ley de 1964 permite al dueño recuperar la vivienda cuando la necesita para vivir él mismo, aunque el contrato tenga la llamada prórroga forzosa.
  • «Necesidad» no significa una situación desesperada, pero sí algo más que una simple comodidad. El tribunal admitió que querer llevar una vida independiente puede ser una necesidad real.
  • Que la propietaria hubiera conseguido un trabajo en otra localidad no le quitaba ese derecho.
  • El aviso era correcto: decía quién iba a vivir allí, por qué, y se envió con más de un año de antelación.
  • El inquilino no tenía derecho a indemnización, porque la ley de 1964 la pierde quien no se va en el plazo de un año sin causa justificada.

Qué significa para ti: los contratos de renta antigua no son siempre intocables. Si eres propietario, la clave está en preparar bien el aviso y poder demostrar la necesidad. Si eres inquilino, conviene revisar si el aviso cumple todos los requisitos antes de negarte a salir.

Consejo práctico: envía o guarda el aviso por un medio que deje constancia (burofax con certificación de contenido o similar), conserva el contrato original, los recibos y cualquier documento que acredite la necesidad (falta de otra vivienda, cambio de trabajo, situación familiar). Un abogado o experto en arrendamientos puede revisar los plazos concretos de tu contrato.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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