Obras del casero ordenadas por el ayuntamiento: ¿puede subirte el alquiler?
Lo que pasó
Unos inquilinos con un contrato antiguo pagaban, desde marzo de 2009, un aumento de renta por unas obras en la estructura, la fachada y la cubierta del edificio. Después de más de siete años pagando sin protestar, pidieron que se anulara ese aumento y que se les devolviera lo pagado.
El casero respondió que el contrato era anterior a 1965 y que las obras las había ordenado, y en parte impulsado, el Ayuntamiento de Riotuerto (Cantabria). El juzgado rechazó la demanda de los inquilinos, pero la Audiencia Provincial de Santander les dio la razón y obligó a devolver lo cobrado.
Qué decidió el tribunal
El Tribunal Supremo estimó el recurso del casero y rechazó la demanda de los inquilinos. Aplicó su doctrina anterior: cuando las obras son impuestas por la Administración, el arrendador puede trasladar su coste a la renta en estos contratos antiguos, aunque se ejecuten mediante un convenio con el ayuntamiento.
El Supremo reprochó además a la Audiencia no haber resuelto la cuestión clave: si las obras habían sido impuestas por la Administración.
Qué significa para ti
En los alquileres antiguos (anteriores a 1985), las obras que el ayuntamiento obliga a hacer en el edificio pueden repercutirse en la renta. En los contratos modernos la regla es otra: el casero debe hacer las reparaciones necesarias para conservar la vivienda sin subir el alquiler por ello, y solo puede elevar la renta por obras de mejora en los casos y límites que marca la ley.
Por eso, antes de aceptar o rechazar una subida por obras, hay que mirar la fecha del contrato y el tipo de obra.
Por último, recuerda que pagar durante años sin protestar puede interpretarse como que aceptaste la subida, como alegó el casero en este caso.
Qué hacer si te pasa
- Comprueba la fecha de tu contrato de alquiler.
- Pide al casero por escrito el detalle de las obras, su coste y si fueron impuestas por el ayuntamiento.
- Si no estás de acuerdo, protesta por escrito desde el primer recibo; pagar años sin quejarte puede jugar en contra.
- Guarda los recibos con la subida desglosada.
- Consulta con un abogado o experto en la materia.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.