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👪 Familia y divorcios ⚖ Caso real

No pagar la pensión de alimentos: ¿es delito? El Supremo lo llama violencia económica

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Penal · 17 de marzo de 2021 · 239/2021 · ECLI:ES:TS:2021:914. Ver la fuente (Poder Judicial (nota de prensa del CGPJ))

Lo que pasó

Un hombre divorciado dejó de pagar la pensión de alimentos de sus hijos. La deuda llegó a 34.639,04 euros. Además, se deshizo de sus bienes a propósito para que no se le pudiera cobrar nada: lo que en derecho se llama alzamiento de bienes, es decir, quedarse «sin nada» a sabiendas para no pagar a quien se le debe.

La Audiencia Provincial de las Illes Balears lo condenó por los dos delitos: el de impago de pensiones y el de alzamiento de bienes. Él recurrió al Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Supremo confirmó las dos condenas, aunque rebajó las penas porque no había circunstancias que justificaran ponerlas en la parte alta:

  • Por el impago de la pensión: seis meses de prisión (antes, un año).
  • Por esconder o vaciar su patrimonio: un año y seis meses de prisión y una multa de 14 meses a 10 euros al día (antes, tres años).

Lo más importante es lo que dijo el tribunal: no pagar la pensión de los hijos puede considerarse una forma de violencia económica. Los hijos se quedan sin lo que necesitan y el progenitor que vive con ellos tiene que cubrir lo que falta, lo que supone un doble daño.

Qué significa para ti

La pensión de alimentos no es un favor ni algo que se pueda dejar de pagar cuando uno quiere. Si una sentencia o un convenio la fija y no se paga, además de reclamarla en el juzgado de familia, puede acabar en un juicio penal. Y si el que debe la pensión se quita bienes de encima para no pagar, la cosa se agrava.

Si eres tú quien paga y no puedes, lo correcto no es dejar de pagar sin más, sino pedir al juzgado que modifique la pensión por cambio de circunstancias.

Qué hacer si te pasa

  • Lleva un registro de cada mes impagado: extractos del banco, mensajes, recibos.
  • Guarda la sentencia o el convenio donde se fijó la pensión.
  • Puedes pedir en el juzgado de familia que se ejecute la sentencia (que se embarguen sueldos o cuentas) y, si el impago se repite, valorar una denuncia penal.
  • Si ves que el deudor vende o pone a nombre de otros sus bienes, recoge esas pruebas: pueden ser clave.
  • Pide orientación a un abogado o experto en la materia sobre qué vía te conviene.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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