Mascotas en el divorcio: ¿puedo pedir que mi ex pague los gastos del perro o del gato?
Lo que pasó
Un matrimonio sin hijos se divorció en Bilbao. Tenían dos gatos, que se quedaron con la mujer. En su contestación a la demanda, ella pidió una pensión compensatoria y mencionó que pagaba sola la comida y el veterinario de los gatos, pero no pidió expresamente que el marido contribuyera a esos gastos.
Lo pidió por primera vez en la vista, es decir, en el propio juicio. El juzgado aceptó que los gastos se pagaran a medias. La Audiencia Provincial de Bizkaia lo anuló, y ella recurrió al Tribunal Supremo.
Qué decidió el tribunal
El Supremo rechazó el recurso. Explicó que, aunque desde la Ley 17/2021 los animales ya no se tratan como simples cosas y el juez puede decidir en un divorcio con quién se quedan y cómo se reparten sus gastos, esa petición hay que hacerla a tiempo.
Si una de las partes plantea algo nuevo por sorpresa en el juicio, la otra no puede defenderse ni presentar pruebas. Eso le causaría indefensión. Por eso, el juez no podía pronunciarse sobre los gastos de los gatos.
Qué significa para ti
Hoy en día, en un divorcio se puede pedir al juez que decida con quién vive la mascota, si el otro puede verla y cómo se reparten sus gastos (comida, veterinario, seguro). Pero hay que hacerlo en el momento adecuado: en la demanda o en la contestación a la demanda, no después.
Que lo menciones de pasada para justificar otra petición (por ejemplo, una pensión) no basta: tiene que ser una petición clara y concreta.
Si se te pasó el momento, no todo está perdido: según el caso, podrás llegar a un acuerdo con tu ex o plantearlo por otra vía, pero ya no dentro de ese juicio.
Qué hacer si te pasa
- Si tienes animales, incluye en la demanda o en la contestación una petición expresa sobre su cuidado y sus gastos.
- Aporta pruebas de que eran de los dos: microchip, cartilla veterinaria, facturas, fotos.
- Calcula el gasto mensual aproximado con tickets y facturas.
- Si hay acuerdo, recógelo en el convenio regulador.
- Consulta con un abogado o experto en la materia antes de presentar tus escritos.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.