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🏢 Comunidades de vecinos ⚖ Caso real

Derrama aprobada en una junta convocada por WhatsApp: ¿es válida o se puede anular?

📄 La sentencia: Audiencia Provincial de Illes Balears (Palma), Sección Cuarta. Ver la fuente (Economist & Jurist)

Lo que pasó

Una pequeña comunidad de cinco propietarios, con el juzgado de referencia en Manacor (Mallorca), empezó en 2022 unas obras por humedades y elementos comunes por 36.500 euros. Dos propietarios recién llegados pidieron varias veces por burofax ver los presupuestos, permisos e informes técnicos, sin recibir respuesta.

En diciembre de 2022 se celebró una junta que aprobó una derrama, y a estos dos vecinos se les reclamaron 4.750 euros. La junta se había convocado por mensajes de WhatsApp, sin orden del día. Los vecinos demandaron pidiendo la nulidad del acuerdo.

Qué decidió el tribunal

El juzgado de Manacor anuló el acuerdo y la Audiencia Provincial, en su Sección Cuarta, rechazó el recurso de la comunidad y confirmó la nulidad.

El tribunal admitió que los medios electrónicos pueden servir para convocar, pero advirtió que no pueden convertirse en un cauce «desprovisto de contenido». Los mensajes solo mostraban una intención general de reunirse, sin decir qué se iba a tratar. Sin orden del día no se respetaron los derechos de información y de voto, y tampoco constaba aprobada la deuda individual de los demandantes.

Qué significa para ti

Una derrama solo es exigible si se aprueba en una junta bien convocada: con orden del día, en plazo y a todos los propietarios. Un grupo de WhatsApp puede ser útil, pero el mensaje debe incluir lo mismo que una convocatoria formal. Si no, el acuerdo puede anularse.

Si te reclaman una derrama, tienes derecho a ver los presupuestos y documentos de la obra.

Además, para que una derrama se pueda reclamar con éxito en el juzgado, la deuda de cada vecino tiene que estar aprobada en junta y notificada. Si falta este paso, la reclamación puede caer aunque la obra fuera necesaria.

Qué hacer si te pasa

  • Pide por escrito la convocatoria, el orden del día y el acta de la junta.
  • Solicita los presupuestos e informes de la obra; guarda las peticiones.
  • Si la junta estuvo mal convocada, impugna el acuerdo dentro de plazo (normalmente tres meses).
  • Para impugnar, en general hay que estar al corriente de pago o consignar la deuda.
  • Consulta con un abogado o experto en la materia.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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