Ascensor nuevo que te quita luz y vistas: ¿la comunidad debe indemnizarte?
Lo que pasó
Una comunidad de propietarios aprobó por unanimidad, en junta extraordinaria, instalar un ascensor interior en el patio. El hueco del ascensor tapaba parte de la ventana del dormitorio de una vecina, que perdió luz y vistas. Además, cuando el ascensor paraba en su planta, desde la cabina se veía el interior de su dormitorio.
La vecina reclamó una indemnización. El juzgado rechazó la demanda, pero la Audiencia Provincial le dio la razón. La comunidad recurrió al Supremo.
Qué decidió el tribunal
El Tribunal Supremo desestimó el recurso de la comunidad y mantuvo la indemnización. Explicó que poner un ascensor responde a un interés general de la comunidad y que el interés de un solo propietario no puede impedirlo. Pero ese derecho no es absoluto: si la obra causa un perjuicio a un vecino concreto, como la pérdida de luz, vistas e intimidad, la comunidad tiene que compensarle.
El tribunal aclaró que no se trataba de una servidumbre sobre la vivienda de la vecina, sino de un daño que debía ser indemnizado.
Qué significa para ti
Instalar el ascensor es posible aunque perjudique a algún vecino, porque prima la accesibilidad de todos. Pero quien sufre un daño especial tiene derecho a ser indemnizado. Esto vale para la pérdida de luz o vistas, ruidos o la ocupación de parte de un espacio privativo.
Si la comunidad está proyectando un ascensor, conviene prever estas indemnizaciones en el presupuesto.
Tampoco es un cheque en blanco para el vecino: la indemnización debe probarse y valorarse. Por eso los informes técnicos sobre la pérdida de luz, de vistas o de valor de la vivienda son tan importantes en estos casos. Y conviene intentar un acuerdo con la comunidad antes de llegar a juicio, porque el ascensor beneficia a todos.
Qué hacer si te pasa
- Pide ver el proyecto del ascensor antes de la votación y comprueba cómo te afecta.
- Haz constar en el acta el perjuicio que sufres.
- Encarga un informe técnico que valore la pérdida de luz, vistas o superficie.
- Reclama primero a la comunidad por escrito una compensación.
- Consulta con un abogado o experto en la materia.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.