Al comprar un piso alquilado, el comprador se subroga en el contrato: pasa a ser el arrendador con los mismos derechos y obligaciones que el anterior propietario. Por eso:
- Hay que leer los dos documentos juntos. Si el anexo modifica la renta y lo firmaron ambas partes, en principio vale lo pactado en él.
- No puedes subir la renta por tu cuenta: solo con la actualización anual pactada y con los límites legales.
- Si en la compraventa te dijeron una renta distinta de la real, puedes tener una reclamación contra el vendedor o la inmobiliaria.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos. Si quieres que un abogado estudie el tuyo, puedes pedir una consulta personal.
ℹ Orientación general a partir de lo que cuenta quien pregunta: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.