Si los dos firmasteis como inquilinos, en principio respondéis los dos frente al propietario. Para que salgas tú y ella siga, hace falta el acuerdo del propietario, que puede firmar un anexo dejándola como única inquilina.
- Pasados los seis primeros meses, la ley permite desistir del contrato avisando con 30 días; si el contrato lo prevé, con una indemnización (como mucho, una mensualidad por año que falte).
- Escribe al propietario o a la inmobiliaria explicando la situación y proponiendo el cambio.
- Pide que el documento diga que no te reclamarán nada a partir de esa fecha.
- Cierra o separa la cuenta conjunta cuando quede liquidado.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos. Si quieres que un abogado estudie el tuyo, puedes pedir una consulta personal.
ℹ Orientación general a partir de lo que cuenta quien pregunta: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.