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Herencia sin testamento: quién hereda y cómo se hace la declaración de herederos

Equipo jurídico de Abogados Online · 2 de noviembre de 2026

Herencia sin testamento: quién hereda y cómo se hace la declaración de herederos

Cuando una persona fallece sin haber hecho testamento, no significa que sus bienes se queden sin dueño: la ley establece quiénes son sus herederos. Para poder repartir la herencia hace falta una declaración de herederos.

Quién hereda si no hay testamento

Con el Código Civil, en términos generales, el orden es:

  1. Los hijos y descendientes.
  2. A falta de ellos, los padres y ascendientes.
  3. Después, el cónyuge viudo (que, si hay hijos o padres, tiene derecho a un usufructo).
  4. Después, hermanos y sobrinos, y otros parientes hasta el cuarto grado.

En Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares rige su propio derecho civil, con reglas distintas: por ejemplo, en Cataluña el cónyuge viudo tiene un tratamiento diferente.

La declaración de herederos

Si los herederos son descendientes, ascendientes o el cónyuge, se tramita ante notario. Hace falta el certificado de defunción, el de últimas voluntades (que confirma que no hay testamento) y dos testigos que conocieran al fallecido. Para parientes más lejanos, el trámite también es notarial en la mayoría de casos.

Después: aceptar y repartir

Con la declaración, los herederos pueden aceptar la herencia (pura y simplemente o a beneficio de inventario) o renunciar, y repartir los bienes en la escritura de aceptación y adjudicación.

Ojo con el impuesto de sucesiones

Hay un plazo para presentarlo (por lo general, seis meses desde el fallecimiento, prorrogable). Cada comunidad tiene sus propias reducciones y bonificaciones.

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