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📑 Seguros ⚖ Caso real

Seguro de invalidez: ¿paga si ya estaba en tratamiento al firmar? BBVA Seguros condenada

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil. Ver la fuente (Economist & Jurist (12-04-2024))

Lo que pasó

En 2014 una mujer contrató con BBVA Seguros un seguro de vida que incluía la cobertura de invalidez permanente. Antes de firmar, la aseguradora no le hizo rellenar ningún cuestionario de salud.

Desde 2013 ella estaba en tratamiento psiquiátrico y psicológico. Alrededor de un mes después de firmar, su estado empeoró de forma notable. En 2016 un juzgado le reconoció la incapacidad permanente absoluta por enfermedad común. Reclamó la indemnización del seguro, y la compañía se negó: decía que el contrato era nulo porque el «siniestro» ya existía antes de firmar, ya que ella estaba en tratamiento.

Qué decidió el tribunal

El Tribunal Supremo confirmó la condena a BBVA Seguros a pagar 32.500 euros:

  • Rechazó que el contrato fuera nulo. Estar en tratamiento por una enfermedad no es lo mismo que estar ya incapacitado.
  • El hecho asegurado era la invalidez permanente, y esta se reconoció después de firmar la póliza, no antes.

A esto se suma una regla general de la ley de seguros: si la aseguradora no pregunta por la salud antes de contratar, le será muy difícil reprochar después al cliente que no contara algo.

Qué significa para ti

Si tienes un seguro de vida o de invalidez (muchas veces ligado a la hipoteca o a un préstamo) y te reconocen una incapacidad, la aseguradora no puede negarse sin más diciendo que «ya estabas enfermo». Habrá que ver:

  • Si te hicieron un cuestionario de salud y qué te preguntaron exactamente.
  • Cuándo se produjo de verdad lo asegurado (la fecha de la incapacidad), no cuándo empezaste a ir al médico.
  • Qué entiende la póliza por invalidez: algunas solo cubren la absoluta, otras también la total.

Qué hacer si te pasa

  • Guarda la resolución o sentencia que te reconoce la incapacidad y los informes médicos.
  • Pide a la aseguradora copia de la póliza completa y de cualquier cuestionario que firmaras.
  • Comunica el siniestro por escrito y pide que te respondan también por escrito.
  • Si te lo rechazan, reclama al servicio de atención al cliente y luego al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Consulta con un abogado o experto en la materia antes de que pasen los plazos para reclamar.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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