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Segunda actividad voluntaria en la Policía Nacional: ¿se puede volver al servicio activo?

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo · 22 de septiembre de 2025 · Recurso de casación 80/2024. Ver la fuente (CEMICAL (Diputació de Barcelona))

Lo que pasó

Un funcionario de la Policía Nacional pasó en noviembre de 2015 a la situación de segunda actividad a petición propia. La segunda actividad es una situación en la que el policía deja el servicio operativo (por edad, por salud o porque lo pide) y pasa a tareas distintas o sin destino, normalmente con otras condiciones.

Años después pidió volver al servicio activo. La Dirección General de la Policía se lo negó: decía que la ley solo permite volver desde la segunda actividad cuando se pasó a ella por falta de aptitudes físicas o psíquicas que luego se han recuperado, no cuando fue voluntaria. También rechazó aplicar un acuerdo de 2018 entre Interior y los sindicatos policiales que lo permitía.

El caso llegó al Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Supremo le dio la razón al policía, repitiendo lo que ya había dicho en una sentencia de febrero de 2024:

  • La segunda actividad es una situación administrativa más de las que regula la ley de personal de la Policía Nacional, y se puede llegar a ella por motivos de salud o a petición propia.
  • El artículo que limita el reingreso a los casos de salud solo regula ese supuesto concreto. No prohíbe volver cuando el pase fue voluntario.
  • Para la segunda actividad voluntaria se aplica la regla general de reingreso al servicio activo de la ley de personal de la Policía Nacional.
  • El acuerdo de 2018 es aplicable a estos casos. Que la ley no diga nada expresamente no equivale a prohibirlo.

Qué significa para ti

Si eres policía nacional y pasaste a segunda actividad porque lo pediste, puedes solicitar volver al servicio activo siguiendo las reglas generales de reingreso. La Administración no puede negártelo diciendo que esa vuelta solo existe para quien estuvo de baja por salud.

Cada caso tiene sus requisitos (plazas, condiciones del reingreso), así que conviene revisarlos antes de pedirlo.

Qué hacer si te pasa

  • Guarda la resolución por la que pasaste a segunda actividad: deja claro si fue voluntaria.
  • Pide el reingreso por escrito, citando la regla general de reingreso de la ley de personal de la Policía Nacional.
  • Si te lo deniegan, recurre en plazo.
  • Consulta con un abogado o experto en derecho de la función pública.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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