Orden de alejamiento y mensajes a través de amigos: ¿es quebrantamiento? El Supremo dice que sí
Lo que pasó
Un juzgado de Torrejón de Ardoz dictó en octubre de 2021 una orden de protección a favor de una mujer: su expareja no podía acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con ella. Pocos días después, él se dirigió a dos amigas de ella para que le transmitieran mensajes como «que deje el dispositivo en casa y quite la denuncia».
Un juzgado de lo penal de Alcalá de Henares lo condenó por quebrantar la medida. Pero la Audiencia Provincial de Madrid lo absolvió: entendió que hablar a través de otras personas no era un «medio de comunicación» prohibido. El Ministerio Fiscal recurrió al Tribunal Supremo.
Qué decidió el tribunal
El Supremo dio la razón al Fiscal y condenó al hombre a siete meses de prisión por quebrantamiento de medida cautelar. Explicó que la prohibición de comunicarse con la víctima impide cualquier contacto, directo o indirecto. Usar a amigas para hacerle llegar un mensaje es una forma de comunicación y viola la orden.
Añadió que aceptar lo contrario dejaría a las víctimas sin protección, porque bastaría con usar intermediarios para seguir presionándolas.
Qué significa para ti
Si tienes una orden de protección, cualquier mensaje que tu agresor te haga llegar por terceras personas (amigos, familiares, conocidos) puede ser un delito. No tiene que escribirte o llamarte él directamente.
Y si tú eres quien tiene la prohibición, ten claro que no puedes enviar recados a través de nadie. Si hay asuntos comunes que gestionar, como hijos o bienes, hay que hacerlo por las vías que fije el juzgado o a través de abogados.
Qué hacer si te pasa
- Si alguien te trae un mensaje de tu agresor, anota qué te dijeron, quién y cuándo.
- Pide a esa persona, si es posible, que lo ponga por escrito o que declare como testigo.
- Guarda capturas de pantalla, audios y mensajes.
- Comunícalo a la policía o al juzgado: cada incumplimiento cuenta.
- Puedes llamar al 016 (gratuito y no deja rastro en la factura) y pedir ayuda a un abogado o experto en la materia.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.