Incapacidad permanente absoluta y trabajar: el Supremo dice que no son compatibles
Lo que pasó
Un trabajador con una grave pérdida de visión vendía cupones de la ONCE a jornada completa, en un puesto adaptado a su problema de vista. En 2019 una sentencia le reconoció una pensión de gran invalidez, el grado más alto de incapacidad permanente, que se da cuando la persona necesita ayuda de otra para actos básicos de la vida.
La Seguridad Social le dijo que solo cobraría la pensión si dejaba de trabajar. El trabajador no estaba de acuerdo. El Juzgado de lo Social le dio la razón, pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se la quitó en octubre de 2022. El caso llegó al Tribunal Supremo.
Qué decidió el tribunal
El 11 de abril de 2024 el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo confirmó que la pensión de gran invalidez, igual que la de incapacidad permanente absoluta, no es compatible con un trabajo normal. Con ello cambió su propio criterio anterior, que sí permitía compaginarlas.
Sus razones:
- La pensión sirve para sustituir el sueldo que la persona ya no puede ganar.
- Cobrarla y a la vez trabajar va contra la lógica del sistema y contra su sostenibilidad.
- Solo se admiten trabajos marginales y de poca importancia, que no obliguen a darse de alta ni a cotizar a la Seguridad Social.
En la gran invalidez se deja de cobrar la pensión mientras se trabaja, aunque se mantiene el complemento para pagar a la persona que ayuda.
Qué significa para ti
Si cobras una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez y empiezas a trabajar con alta en la Seguridad Social, te pueden suspender la pensión. Esto no afecta igual a la incapacidad permanente total, que sí permite trabajar en una profesión distinta de la habitual. Después de esta sentencia, en 2025 se cambió la Ley General de la Seguridad Social para regular de nuevo estas compatibilidades, así que conviene revisar la norma vigente antes de decidir.
Qué hacer si te pasa
- Antes de aceptar un empleo, comunica a la Seguridad Social tu intención y pregunta por escrito cómo afecta a tu pensión.
- No ocultes un trabajo: si te lo detectan, pueden pedirte que devuelvas lo cobrado.
- Si te suspenden la pensión, tienes un plazo corto para presentar una reclamación previa (normalmente 30 días desde que te lo notifican).
- Guarda tus informes médicos y la descripción de tu nuevo puesto.
Un abogado o experto en la materia puede valorar si tu actividad podría considerarse marginal o si te conviene otra opción.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.