IBI cobrado de más por un valor catastral erróneo: ¿puedes recuperar lo pagado?
Lo que pasó
Un propietario de Alcalá de Henares consideró que el valor catastral de su inmueble era demasiado alto y pidió al Catastro que lo corrigiera. Mientras tanto, el ayuntamiento siguió cobrando el IBI con el valor antiguo. Años después, el Catastro le dio la razón y rebajó el valor. Cuando el propietario pidió que le devolvieran lo pagado de más, el ayuntamiento se negó: dijo que los recibos ya eran firmes porque no se habían recurrido y que solo cabía un procedimiento excepcional que depende de la propia Administración.
Qué decidió el tribunal
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 21 de diciembre de 2023, dio la razón al contribuyente. Dijo que el procedimiento de devolución de ingresos indebidos es la vía adecuada para recuperar el exceso pagado de IBI (y también de plusvalía municipal) cuando una resolución posterior corrige el valor catastral sobre el que se calculó el impuesto.
La clave está en la propia Ley General Tributaria: cuando se recurre el valor catastral, el cobro del impuesto no se detiene, pero si después se corrige el valor, debe hacerse la devolución correspondiente. Por eso no hace falta haber recurrido cada recibo. El tribunal además reprochó la actitud de los ayuntamientos que ponen obstáculos a devolver lo cobrado indebidamente.
Qué significa para ti
Si crees que el valor catastral de tu casa, local o terreno es erróneo (por ejemplo, porque figura una superficie mayor o un uso distinto), lo que se discute es el valor ante el Catastro. Si te dan la razón, puedes pedir al ayuntamiento que te devuelva el IBI pagado de más en los años afectados, con intereses, aunque no recurrieras cada recibo. El ayuntamiento puede, eso sí, volver a calcular el impuesto con el valor correcto.
Qué hacer si te pasa
- Revisa tu recibo del IBI y la ficha catastral de tu inmueble (superficie, uso, año de construcción).
- Si hay errores, pide la corrección al Catastro y guarda el justificante.
- Cuando tengas la resolución que rebaja el valor, solicita por escrito al ayuntamiento la devolución de ingresos indebidos de los años afectados.
- Si te la deniegan, recurre; un abogado o experto en la materia puede ayudarte a calcular los importes.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.