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💳 Segunda Oportunidad ⚖ Caso real

Fichero de morosos (ASNEF) sin aviso previo: ¿te tienen que indemnizar?

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil · 11 de diciembre de 2020 · 672/2020. Ver la fuente (Economist & Jurist (29-01-2021))

Lo que pasó

Un cliente de Financiera El Corte Inglés descubrió que había sido incluido en el fichero de morosos ASNEF y, posiblemente, en otro fichero similar. Él sostenía que no existía una deuda cierta y que, en cualquier caso, la financiera nunca le había enviado un requerimiento de pago antes de apuntarlo como moroso. Demandó a la entidad por vulnerar su derecho al honor y pidió que se borraran sus datos y una indemnización. La financiera alegó que había enviado las notificaciones de forma masiva. Un juzgado de Llanes (Asturias) y después la Audiencia Provincial de Asturias le dieron la razón al cliente, y la entidad recurrió al Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Tribunal Supremo confirmó la condena: la financiera tuvo que borrar los datos y pagar 3.000 euros por daños morales, más intereses y costas.

La clave fue el requerimiento de pago previo. Antes de incluir a alguien en un fichero de morosos, la empresa debe reclamarle la deuda con garantías de que le ha llegado. Según el Tribunal:

  • Este aviso no es un simple trámite: sirve para que no acaben en esos ficheros personas que no pagaron por un descuido o un error del banco, y para que puedan ejercer sus derechos.
  • El envío masivo de cartas solo prueba que se mandaron, no que el cliente las recibiera.
  • Basta con la inclusión indebida para que haya intromisión en el derecho al honor; después se valora el daño.

Qué significa para ti: si te apuntan como moroso sin haberte reclamado antes la deuda de forma comprobable, puedes pedir que te borren y reclamar una indemnización. Ojo: si la deuda es real y persistente, los tribunales suelen conceder cantidades más bajas.

Consejos prácticos:

  • Pide al fichero (ASNEF, Experian…) el derecho de acceso: te dirá quién te incluyó, por qué importe y desde cuándo.
  • Guarda las cartas recibidas y los sobres; si nunca recibiste nada, anótalo.
  • Pide a la empresa que demuestre el requerimiento y, si no lo hace, solicita la cancelación. También puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Un abogado o experto en derecho bancario puede valorar la indemnización.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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