Me han despedido: qué hacer en los 20 días hábiles que tienes para reclamar
Equipo jurídico de Abogados Online · 2 de noviembre de 2026

Un despido llega casi siempre por sorpresa, y lo más importante en ese momento es algo que mucha gente desconoce: solo hay 20 días hábiles para reclamarlo. Pasado ese plazo, aunque el despido fuera injusto, ya no se puede impugnar.
1. Lee bien la carta de despido
La empresa tiene que darte una carta con la fecha de efectos y los motivos. Fíjate en el tipo de despido (disciplinario u objetivo) y en los hechos que te atribuyen. En el despido objetivo, además, deben ofrecerte la indemnización a la vez que la carta, salvo excepciones.
2. Firma como «no conforme»
Puedes firmar la carta y el finiquito: firmar solo acredita que los recibes. Escribe junto a tu firma «no conforme» o «recibido, no conforme» y la fecha. Así cobras lo que te pagan sin renunciar a reclamar.
3. Cuenta bien el plazo
Los 20 días son hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos. Empiezan el día siguiente a la fecha de efectos del despido. Presentar la papeleta de conciliación suspende el plazo.
4. Presenta la papeleta de conciliación
Antes de ir al juzgado hay que intentar un acuerdo ante el servicio de mediación y conciliación de tu comunidad. Si no hay acuerdo, se presenta la demanda en el juzgado de lo social.
¿Improcedente o nulo?
- Improcedente: la empresa no acredita los motivos o no cumple los requisitos de forma. La empresa elige entre readmitirte o indemnizarte (33 días de salario por año trabajado desde 2012, con tramos anteriores a 45 días).
- Nulo: el despido vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas (embarazo, permisos de cuidado, represalia…). Supone la readmisión con los salarios dejados de cobrar.
Revisa también el finiquito
Comprueba que incluye los días trabajados del mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas extra. Si falta algo, se puede reclamar.
¿Tienes un caso parecido?
Puedes preguntar gratis en el foro y te orienta un abogado o nuestro equipo jurídico, o ver lo que ya han preguntado otras personas en el área del foro. Si prefieres que un abogado estudie tu caso y tus documentos, solicita una consulta (de pago: 50 € + IGIC).
ℹ Información general, no asesoramiento jurídico. Cada caso tiene sus particularidades: para el tuyo, habla con un abogado o pregunta gratis en el foro.
Sigue leyendo

Pensión de viudedad de víctimas de violencia de género: el Supremo prohíbe reducirla
El Pleno de la Sala de lo Social del Supremo decide que la viudedad de una víctima de violencia de género no se recorta aunque supere…

Estatuto del Estudiante Universitario: derecho a revisar exámenes, salud mental y desconexión
El Real Decreto 855/2026 aprueba un nuevo Estatuto del Estudiante Universitario: dos convocatorias anuales, revisión de exámenes, apoyo psicológico, desconexión digital y protocolos contra el acoso.

Vasectomía fallida: el Supremo indemniza también a la pareja por falta de información
El Tribunal Supremo reconoce 35.000 euros a cada miembro de una pareja tras una vasectomía fallida en la sanidad pública madrileña, porque no se informó del…