Patinete eléctrico sin carné: ¿es delito conducirlo sin permiso?
Lo que pasó
El 15 de junio de 2020, en Puente Genil (Córdoba), la Guardia Civil paró a un hombre que circulaba en un patinete eléctrico sin casco. Al comprobar sus datos, vieron que nunca había obtenido el permiso de conducir. Un Juzgado de lo Penal de Córdoba lo condenó por un delito de conducción sin permiso, tratando el patinete como si fuera un ciclomotor, a 22 meses de multa de 10 euros al día, porque además tenía antecedentes. La Audiencia Provincial de Córdoba rebajó la pena a seis meses de multa de 3 euros al día y añadió que él no sabía que necesitaba permiso, aunque podía haberlo averiguado. El conductor recurrió al Tribunal Supremo. En la sentencia no constaban la potencia ni la velocidad máxima del patinete.
Qué decidió el tribunal
El Tribunal Supremo absolvió al conductor. Explicó que un patinete eléctrico normal es un vehículo de movilidad personal (pensado para ir a un máximo de 25 km/h) y no un ciclomotor, y que conducir uno de estos vehículos sin permiso no está castigado en el Código Penal.
Distinto es cuando el patinete, por su potencia y su velocidad real, es en realidad un ciclomotor o incluso una moto disfrazada de patinete. Entonces sí hace falta permiso, y conducirlo sin él puede ser delito. Pero para condenar, la sentencia tiene que dejar probadas esas características (potencia, velocidad máxima, si tiene asiento, etc.), normalmente con documentación del fabricante o un informe pericial. Como aquí no constaban, no se podía condenar.
Qué significa para ti:
- Si tu patinete cumple los límites de un vehículo de movilidad personal, no necesitas carné, aunque debes respetar las normas de circulación y las ordenanzas de tu ciudad.
- Si está trucado o supera esos límites, puede considerarse ciclomotor: necesitarás permiso y te expones a un delito si circulas sin él.
- Guarda la ficha técnica, el certificado del fabricante y la factura de compra: son la mejor prueba de qué tipo de vehículo tienes.
Si te paran y te inmovilizan el patinete, pide copia del acta y no firmes conforme si no estás de acuerdo. Un abogado o experto en la materia puede valorar si hay pruebas suficientes sobre las características del vehículo.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.