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🌍 Extranjería ⚖ Caso real

Multa o expulsión por estar sin papeles en España: ¿qué dice el Supremo?

📄 La sentencia: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta · 18 de septiembre de 2023 · 1140/2023 (recurso de casación 2251/2021). Ver la fuente (La Administración al Día (INAP), texto de la sentencia)

Lo que pasó

Un hombre extranjero viajaba en un autobús de París a Madrid cuando la policía le pidió la documentación. Había entrado en el espacio Schengen en enero de 2017, ya había superado el tiempo de estancia permitido y no tenía visado ni permiso de residencia. Tampoco había intentado regularizar su situación ni alegó motivos familiares o personales. La Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa le impuso en mayo de 2019 la expulsión de España con prohibición de volver durante tres años, por estancia irregular. El juzgado y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirmaron la expulsión, y él recurrió al Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Tribunal Supremo anuló la orden de expulsión y dejó fijada una doctrina clara para estos casos:

  • Estar en España de forma irregular puede sancionarse con multa o con expulsión, pero la multa es la sanción preferente.
  • La expulsión solo cabe si existen circunstancias agravantes que la justifiquen (más allá de no tener papeles), valoradas caso por caso y con todas las garantías.
  • Es la Administración quien debe probar esas agravantes; el juez no puede suplirla.
  • Si se impone multa, debe ir acompañada de una orden de salida voluntaria con un plazo razonable.

En este caso, la Administración no había justificado por qué elegía la sanción más grave, así que la expulsión cayó. El Tribunal se apoyó en sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional.

Qué significa para ti: si te abren un expediente solo por estancia irregular, la Administración no puede expulsarte sin explicar qué circunstancias concretas lo justifican. Pero ojo: la multa también lleva una orden de salir de España.

Consejos prácticos:

  • En el expediente sancionador tienes un plazo corto para alegar (lo indica la notificación): aporta empadronamiento, pasaporte, vínculos familiares, arraigo y cualquier trámite de regularización.
  • Guarda copia de todo lo que presentes.
  • Contra la resolución, normalmente hay dos meses para acudir a los tribunales. Consulta cuanto antes a un abogado o experto en extranjería.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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