Lentes intraoculares y oposición a Policía Nacional: el Supremo anula la exclusión
Lo que pasó
En 2021 el Gobierno aprobó el Real Decreto 326/2021, que fija el cuadro médico de exclusiones para entrar en la Policía Nacional: la lista de enfermedades o problemas de salud que impiden ser policía.
En el apartado de la vista había dos exclusiones que afectaban a mucha gente joven que se había operado para dejar las gafas: se excluía a quien tuviera cuerpos extraños dentro del ojo o cualquier cirugía intraocular, y se decía expresamente que no se admitían lentes fáquicas (unas lentes que se implantan dentro del ojo para corregir la miopía u otros defectos).
Un grupo de aspirantes recurrió el real decreto ante el Tribunal Supremo. En septiembre de 2021 el tribunal ya había suspendido de forma provisional la exclusión por lentes intraoculares mientras decidía. Y en diciembre de 2022, en otro auto, llegó a anular una convocatoria de la Policía Nacional porque no avisaba de que esa exclusión estaba suspendida.
Qué decidió el tribunal
En su sentencia de febrero de 2023, el Supremo estimó en parte el recurso y declaró nulas dos frases del anexo del real decreto:
- La que excluía por «cuerpos extraños intraoculares» y «cualquier tipo de cirugía intraocular».
- La de la corrección de la vista que decía «no se admitirán lentes fáquicas».
Ordenó además publicar el fallo en el Boletín Oficial del Estado, de modo que vale para todos, no solo para quienes recurrieron.
Qué significa para ti
Haber pasado por una operación dentro del ojo o llevar una lente intraocular ya no es, por sí solo, motivo de exclusión con ese cuadro médico de la Policía Nacional. Eso no quiere decir que la vista no se examine: tendrás que cumplir igualmente los requisitos de agudeza visual y el resto del reconocimiento.
El caso enseña algo más: los cuadros médicos de exclusión se pueden recurrir, y una exclusión que no tenga sentido para el trabajo real de un policía puede caer.
Qué hacer si te pasa
- Lee el cuadro médico vigente de la convocatoria a la que te presentas: cada cuerpo (Guardia Civil, policías autonómicas y locales) tiene el suyo.
- Si te excluyen por una operación de ojos, pide el informe médico completo con la causa concreta aplicada.
- Aporta informes de tu oftalmólogo sobre tu visión actual.
- Recurre en plazo y consulta con un abogado o experto en oposiciones.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.