Antes de pujar conviene revisar varias cosas:
- El embargo que se ejecuta (el de la propia subasta) se cancela tras la adjudicación: no lo pagas tú.
- Las cargas anteriores a ese embargo subsisten: hay que ver en la nota simple si hay hipotecas o embargos previos.
- Las cuotas de comunidad: la plaza responde de las del año en curso y de los tres anteriores.
- El IBI: el inmueble también responde de los recibos pendientes.
- La posesión: si alguien la usa, puede hacer falta pedir la entrega al órgano que subasta o al juzgado.
Pide el edicto completo, la certificación de cargas y pregunta a la comunidad por la deuda antes de pujar.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos. Si quieres que un abogado estudie el tuyo, puedes pedir una consulta personal.
ℹ Orientación general a partir de lo que cuenta quien pregunta: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.