Tiene dos caminos y ambos le son favorables:
- Por ser nacional de un país iberoamericano: bastan 2 años de residencia legal y continuada.
- Por estar casado con una española: basta 1 año de residencia si lleváis al menos un año casados y no estáis separados.
Tendrá que aprobar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE); el de español (DELE) no se exige a los nacionales de países de habla hispana. También necesitará el certificado de antecedentes penales de su país, legalizado. La solicitud se presenta por internet ante el Ministerio de Justicia.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos. Si quieres que un abogado estudie el tuyo, puedes pedir una consulta personal.
ℹ Orientación general a partir de lo que cuenta quien pregunta: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.