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Llegamos a un acuerdo con la comunidad en el juzgado y no lo cumplen: ¿podemos exigirlo?

En nuestra comunidad de vecinos llegamos a un acuerdo ante el juzgado para resolver un conflicto, pero en la siguiente junta no se respetó. Además nos reclaman cuotas atrasadas. ¿Podemos exigir que se cumpla?

Pregunta de Consulta anónima · 4 de julio de 2026

1 respuesta

Equipo jurídico★ Equipo jurídico de Abogados Online

Un acuerdo alcanzado en conciliación ante el juzgado puede tener fuerza para pedir su cumplimiento directamente (ejecución), según su contenido y la cuantía. Conviene que un abogado lo revise.

Pero hay un punto importante: para impugnar acuerdos de la junta, la Ley de Propiedad Horizontal exige estar al corriente de pago o consignar la deuda. Si dejasteis de pagar cuotas, eso puede bloquear vuestras reclamaciones y dar argumentos a la comunidad. Lo prudente es:

  • Pagar o consignar las cuotas aprobadas, aunque no estéis de acuerdo.
  • Impugnar los acuerdos que consideréis contrarios a la ley o a lo pactado: en general 3 meses, o 1 año si son contrarios a la ley o a los estatutos.
  • Guardar actas, convocatorias y el acuerdo de conciliación.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos. Si quieres que un abogado estudie el tuyo, puedes pedir una consulta personal.

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