Consentimiento informado incompleto: ¿puedo reclamar si la operación salió bien hecha?
Lo que pasó
Un paciente con enfermedad de Peyronie (una curvatura del pene) fue operado en el Servicio Murciano de Salud después de que el tratamiento sin cirugía no diera resultado. Tras la intervención sufrió varias secuelas, entre ellas un acortamiento del pene. Había firmado un documento de consentimiento, pero, según él, no se le explicaron bien los riesgos. Reclamó más de 67.000 euros a la Administración sanitaria, que rechazó su petición. Acudió entonces al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.
Qué decidió el tribunal
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia condenó al Servicio Murciano de Salud a pagar 20.000 euros por daño moral, más intereses legales desde la reclamación.
Lo llamativo es que el tribunal descartó que hubiera mala praxis: la operación estaba indicada, se hizo correctamente y el acortamiento es un riesgo conocido de esa técnica. Aun así, condenó por la información:
- El consentimiento firmado era «genérico y vacío de contenido».
- No advertía con claridad de la alta probabilidad de que la operación no resolviera el problema, ni de que el acortamiento era una consecuencia frecuente.
- La operación no era imprescindible para la salud del paciente, así que esa información era aún más importante para decidir.
- El consentimiento informado «no es un simple trámite formal», sino una garantía del derecho del paciente a decidir sobre su propio cuerpo. Su falta o insuficiencia genera un daño moral que se indemniza aunque no haya mala praxis.
No se concedió todo lo pedido: el agravamiento de otros problemas previos no quedó probado. La sentencia podía recurrirse ante el Tribunal Supremo.
Para quien esté en una situación parecida: firmar un papel no lo cubre todo. Si los riesgos importantes y frecuentes de tu caso no se explicaron, puede haber derecho a indemnización.
Qué hacer:
- Pide copia del consentimiento firmado y de la historia clínica.
- Anota lo que te explicaron y quién, y guarda los informes posteriores.
- En la sanidad pública, el plazo para reclamar es de un año desde que se estabilizan las secuelas.
- Consulta con un abogado o experto en la materia.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.