Cambio de colegio sin permiso del otro progenitor: la Audiencia lo prohíbe durante el divorcio
Lo que pasó
Una pareja con dos hijas estaba tramitando el divorcio. Mientras tanto, uno de los progenitores tenía la custodia provisional de las niñas. Ese progenitor decidió cambiarlas de colegio y trasladarlas desde su localidad a una capital de provincia, sin conocimiento ni consentimiento del otro, que también tenía la patria potestad. El otro progenitor se opuso y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Arzúa denegó la autorización para el cambio. El progenitor con la custodia provisional recurrió ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
Qué decidió el tribunal
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña desestimó el recurso, confirmó que no se autorizaba el cambio y exigió que las niñas siguieran escolarizadas en su mismo colegio.
Sus razones:
- Tener la custodia provisional no permite decidir en solitario algo tan importante como mudarse de ciudad y cambiar de colegio. Esas decisiones corresponden a ambos progenitores, que comparten la patria potestad.
- El traslado suponía un desarraigo: las niñas perdían amigos, familia y su entorno escolar, y se les imponía como un hecho consumado cuando estaban a punto de fijarse las medidas definitivas.
- El interés de las menores era mantener su situación hasta esas medidas, salvo que se probara un perjuicio claro o un peligro, lo que no ocurrió.
Qué significa para ti: aunque tengas la custodia, el colegio de los hijos es una decisión de los dos progenitores. Si no hay acuerdo, decide el juez pensando en el interés del menor, no en la comodidad de los padres.
Consejo práctico: intenta primero el acuerdo por escrito. Si no lo hay, se puede pedir al juzgado que decida sobre el desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad, y conviene hacerlo antes del plazo de matrícula. Guarda los mensajes sobre el tema, los informes escolares y cualquier dato sobre arraigo (familia, actividades, amistades). Un abogado o experto en la materia puede ayudarte a plantearlo.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.