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🎨 Propiedad intelectual ⚖ Caso real

Autoría de una canción registrada en la SGAE: Paco de Lucía, único autor de ‘Entre dos aguas’

📄 La sentencia: Audiencia Provincial de Madrid, Sección 32 · ECLI:ES:APM:2025:96. Ver la fuente (Comunicación Poder Judicial (CGPJ))

Lo que pasó

Un productor musical aparecía registrado en la SGAE como coautor, junto con el guitarrista Paco de Lucía, de unas 37 obras de flamenco, entre ellas la famosa «Entre dos aguas». Tras la muerte del artista, sus herederos demandaron.

Según la sentencia, el productor se había limitado a pasar a partitura obras creadas por el guitarrista, que era autodidacta y no escribía música, y había tramitado el registro en la SGAE sin tener derecho a figurar como autor. El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid dio la razón a los herederos y ordenó devolver lo cobrado durante décadas por la explotación de esas obras.

Qué decidió el tribunal

La Sección 32 de la Audiencia Provincial de Madrid confirmó que Paco de Lucía es el único autor de las 37 obras y mantuvo la indemnización de 10.000 euros por daño moral.

Un peritaje concluyó que las composiciones tenían una complejidad técnica que solo podía concebir un guitarrista flamenco; el productor era pianista y sus partituras reflejaban esa visión. El tribunal rechazó que la transcripción incluyera arreglos relevantes. Y valoró el sufrimiento del artista, que vio negada en público la autoría de gran parte de su obra sin poder resolverlo en vida. La sentencia no era firme.

Qué significa para ti

Transcribir una obra, es decir, pasarla al papel, no te convierte en su autor. El autor es quien la crea. Y el registro en una entidad de gestión como la SGAE no es la última palabra: si los datos son falsos, un tribunal puede corregirlos y ordenar devolver el dinero cobrado de más.

Además, los herederos pueden defender la autoría de un artista fallecido.

Qué hacer si te pasa

  • Si compones, guarda pruebas de la creación: grabaciones fechadas, borradores, correos o registros.
  • Revisa cómo aparecen registradas tus obras en la entidad de gestión y quién figura como coautor.
  • Pon por escrito cualquier colaboración: quién aporta qué y cómo se reparten los derechos.
  • Si alguien figura sin derecho, reclama primero ante la entidad de gestión.
  • Un informe pericial musical puede ser clave en un juicio.
  • Consulta con un abogado o experto en propiedad intelectual.

Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.

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