Acoso escolar: condenan a la Xunta a pagar 9.000 euros por cómo actuó el colegio
Lo que pasó
Los padres de un alumno denunciaron un posible caso de acoso escolar durante el curso 2022/2023 en un centro público de Galicia. Se abrió el protocolo de acoso, que acabó cerrándose, y en noviembre de 2023 una resolución administrativa, que quedó firme, concluyó que no había acoso. Sin embargo, después del cierre siguieron produciéndose incidentes. Los padres reclamaron a la Consellería de Educación una indemnización por responsabilidad patrimonial, al considerar que el colegio no había protegido a su hijo como debía mientras se investigaba la situación. El asunto llegó a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Qué decidió el tribunal
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia estimó en parte la reclamación y condenó a la Xunta a pagar 9.000 euros a los padres.
Lo interesante es el motivo: el tribunal no declaró que hubiera acoso, porque eso ya lo había descartado una resolución firme. Pero sí vio que la actuación del centro fue deficiente:
- Investigación insuficiente de lo que ocurría.
- Protección débil del alumno una vez iniciado el protocolo.
- Respuestas descoordinadas, que la sentencia califica de «erráticas» e incluso «improvisadas», también al aplicar las medidas de apoyo.
Esa mala respuesta causó un daño al menor, y la Administración debe repararlo. La sentencia no era firme y cabía recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Qué significa para ti: el colegio no solo responde si se demuestra el acoso. También puede responder si, ante una sospecha, no investiga bien o no protege al alumno.
Consejo práctico:
- Comunica los hechos por escrito a la dirección y pide que se active el protocolo de acoso; guarda copia sellada.
- Conserva mensajes, capturas, partes médicos e informes psicológicos con fechas.
- Pide copia de las actas y medidas adoptadas.
- Para reclamar a la Administración por responsabilidad patrimonial hay, con carácter general, un año desde que se produce el daño o se conocen sus efectos.
Si hay agresiones, también puede valorarse la vía penal. Un abogado o experto en la materia puede orientarte.
Cada caso depende de sus circunstancias y sus documentos.
ℹ Orientación general a partir de una resolución judicial publicada: no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente. Para tu caso concreto, habla con un abogado.